[2] 2ª La segunda es, que la persona
que da a otro modo y orden para meditar o contemplar, debe narrar fielmente la
historia de la tal contemplación o meditación, discurriendo solamente por los
punctos con breve o sumaria declaración; porque la persona que contempla,
tomando el fundamento verdadero de la historia, discurriendo y raciocinando por
sí mismo y hallando alguna cosa que haga un poco más declarar o sentir la
historia, quier por la raciocinación propia, quier sea en quanto el
entendimiento es ilucidado por la virtud divina, es de más gusto y fructo
spiritual, que si el que da los exercicios hubiese mucho declarado y ampliado
el sentido de la historia; porque no el mucho saber harta y satisface al ánima,
mas el sentir y gusta de las cosas internamente.
REFLEXIÓN
[3] 3ª La tercera: como en todos los
exercicios siguientes spirituales usamos de los actos del entendimiento
discurriendo y de los de la voluntad affectando; advertamos que en los actos de
la voluntad, quando hablamos vocalmente o mentalmente con Dios nuestro Señor o
con sus santos, se requiere de nuestra parte mayor reverencia, que quando
usamos del entendimiento entendiendo.
REFLEXIÓN
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